Consejo de Administración
El Consejo de Administración de la Junta Intermunicipal de Medio Ambiente para la Gestión Integral de la Cuenca Baja del Río Ayuquila (CA-JIRA), se encarga de administrar el organismo a través de un Presidente y un Secretario Técnico. El CA-JIRA está integrado por:
- Presidentes municipales de Autlán de Navarro, Ejutla, El Grullo, El Limón, San Gabriel, Tolimán, Tonaya, Tuxcacuesco, Unión de Tula y Zapotitlán de Vadillo.
- El Secretario de Desarrollo Rural (SEDER) del Estado de Jalisco.
- El Secretario de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (SEMADET) del Estado de Jalisco.
- El delegado estatal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
- El Jefe del Departamento de Ecología y Recursos Naturales (DERN) del Centro Universitario de la Costa Sur (CU Costa Sur) de la Universidad de Guadalajara.
- El Director Ejecutivo de la Fundación Manantlán para la Biodiversidad de Occidente A.C.
- El Director de la JIRA.
Operación
El CA-JIRA lleva a cabo reuniones periódicas para tratar asuntos relacionados con la Junta, tanto de manera ordinaria como extraordinaria. El lugar de las reuniones es definido por los consejeros en cada una de las sesiones que desarrolla. Los integrantes del CA-JIRA pueden invitar a las sesiones a quien ellos consideren pertinente y que aporte elementos que ayuden a conseguir los fines de la Junta. Los invitados tienen derecho a voz pero no a voto.
Los miembros del CA-JIRA ocupan un cargo honorario, por lo que no reciben salario, a excepción del Secretario Técnico, pues esta es una de sus actividades como Director de la JIRA. En las sesiones de CA-JIRA todos sus miembros tienen derecho a voz y voto a excepción del Director, quien solo tienen derecho a voz. Cada miembro titular del CA-JIRA debe designar por escrito a un miembro suplente y hacerlo saber al Presidente y Secretario Técnico, el cual tendrá los mismos derechos del titular.
La presidencia del CA-JIRA es rotativa y solo puede ser ocupada por los Presidentes municipales integrantes de la JIRA. El cargo de presidente durará en funciones seis meses para cada municipio. La secretaría técnica es ocupada por el Director de la JIRA. Los acuerdos en el CA-JIRA son tomados por mayoría de votos. En casos de empate, el Presidente tiene voto de calidad. Para cada sesión desarrollada se elabora un Acta donde se redactan los acuerdos tomados, misma que es firmada por cada uno de los miembros del CA-JIRA.
Atribuciones
Las atribuciones del CA-JIRA son:
- Formular, justificar y autorizar su presupuesto de egresos.
- Contratar, nombrar y remover al director general de la JIRA y al demás personal que labora en ella.
- La creación, asignación y reestructuración de las distintas áreas y departamentos que sean convenientes para la realización de los objetivos de la JIRA.
- Autorizar el Programa Operativo Anual (POA) que contiene los objetivos, la justificación de las actividades, el cronograma, los costos, y los resultados que se esperan obtener.
- Formular, aprobar y modificar en su caso, el Reglamento Interior de Trabajo y los que fueren necesarios para el funcionamiento de la JIRA.
- Celebrar mensualmente como mínimo, una sesión ordinaria y las extraordinarias que solicite cualquier miembro del Comité Técnico y tomar los acuerdos que correspondan. Así mismo, los miembros del comité técnico tendrán derecho a incluir en el orden del día los asuntos que consideren pertinentes.
- Vigilar el estado y el destino de los bienes muebles e inmuebles propiedad de la JIRA y que estén debidamente inventariados.
- Autorizar la venta, donación, permuta, comodato de los bienes muebles e inmuebles de la JIRA.
- Concertar las bases para contratar los bienes y servicios necesarios para su funcionamiento: también para suscribir por conducto de su Director general, los contratos que sean necesarios mediante la firma mancomunada de éste y el coordinador administrativo de la JIRA.
- Proponer las sanciones a los empleados de la JIRA de acuerdo al reglamento interno de la JIRA y demás leyes y reglamentos aplicables.
- En caso de existir controversias laborales, interponerlas en los tribunales laborales correspondientes.
- En materia de responsabilidades, fincarlas ante la autoridad jurisdiccional que corresponda de acuerdo a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco.
- Evaluar el desempeño de los empleados de la JIRA.
- Fijar los salarios de los servidores públicos de la JIRA.
- Analizar y aprobar el manual de procedimiento administrativo de la JIRA sobre montos para contratar bienes y servicios.
- Analizar y aprobar el reglamento interno de la JIRA.
- Vigilar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en este convenio y las demás que se originen por éste y las leyes aplicables a ésta.
Facultades del presidente del CA-JIRA
- Presidir las sesiones del CA-JIRA.
- Firmar las actas de las sesiones del CA-JIRA.
- Instruir al Director de la JIRA para que realicen todas las gestiones legales, administrativas, presupuestales y políticas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos obtenidos en el CA-JIRA.
- Solicitar los informes que sean necesarios sobre el avance de los acuerdos e instrucciones giradas por el CA-JIRA.
- Convocar a las sesiones del CA-JIRA.
Facultades del Secretario Técnico del CA-JIRA
- Convocar a las sesiones ordinarias y cuando la situación lo amerite, a las sesiones extraordinarias que se requieran.
- Elaborar el orden del día de las sesiones del CA-JIRA.
- Elaborar el Acta de las sesiones conteniendo listas de asistencia, orden del día, desarrollo de la reunión y los acuerdos tomados por el CA-JIRA.
- Vigilar que los integrantes del CA-JIRA tengan la información necesaria para que puedan tomar los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento de la JIRA.
- Tramitar los asuntos que le sean encomendados.